domingo, 12 de abril de 2015

Tema 8. Trámites de constitución de empresa

8.1. Trámites para Constituir la Empresa:

Antes de comenzar con la actividad empresarial debemos constituirnos como empresa. Solo nos constituiremos si la forma jurídica por las que hemos optado es una sociedad mercantil, en el caso de que seamos un empresario individual, una comunidad de bienes o una sociedad civil no es necesario realizar ningún trámite para la constitución como empresa.

A continuación se enumeran y describen brevemente todos los trámites a realizar para la constitución de nuestra empresa:

- 1. Elegimos un nombre para nuestra empresa, pero este nombre no puede coincidir con el nombre de una ya existente. Certificación negativa del nombre: este trámite lo tienen que hacer todas las sociedades mercantiles. Se trata de un certificado que acredita que no existe otra Sociedad con el mismo nombre que la nuestra. Se obtiene en el Registro Mercantil Central.

- 2. Ingresar el Capital Social de la empresa en una entidad bancaria a nombre de la Empresa.

- 3. Redacción de estatutos y otorgamiento de la escritura pública ante Notario: obligatorio para todas las sociedades mercantiles. Los socios fundadores de la empresa firman ante notario la escritura de Constitución de la Empresa según proyecto de estatutos. Será necesario presentar certificación negativa del nombre, estatutos y certificación bancaria de haber ingresado el correspondiente capital social.
Los Estatutos son las normas internas de la empresa.
Deberán contener necesariamente:
  • La identidad del socio o socios.
  • La voluntad de constituir una Sociedad.
  • La denominación de la sociedad. 
  • El objeto social, determinando las actividades que lo integran.
  • El domicilio social.
  • El capital social, las participaciones en que se divida, su valor nominal.
  • Las aportaciones que cada socio realice.
  • El modo o modos de organizar la administración de la sociedad, el número de administradores o, al menos, el número máximo y el mínimo, así como el plazo de duración del cargo y el sistema de retribución, si la tuvieren. 
  • La identidad de la persona o personas que se encarguen inicialmente de la administración y de la representación social.
  • Se podrán incluir todos los pactos y condiciones que los socios juzguen convenientemente establecer, siempre que no se opongan a las leyes reguladoras.
  •  El modo de deliberar y adoptar sus acuerdos los órganos colegiados de la sociedad.
Ejemplo: Pulsar aquí.

- 4. Pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Este impuesto grava las transmisiones patrimoniales onerosas, operaciones societarias y actos jurídicos documentados. Es un trámite que deberán realizar todas las sociedades mercantiles. Suele ser el 1% del Capital Social de la Empresa. Se realiza en Hacienda.

- 5. Código de Identificación Fiscal CIF: el Código de Identificación Fiscal identifica a la sociedad a efectos fiscales. Deberán solicitarlo toda persona jurídica, pública o privada, cualquiera que sea su actividad. En un primer momento se nos asignara un C.I.F provisional con el que funcionaremos hasta tener el C.I.F definitivo. Se realiza en la Administración de Hacienda.

-6.  Inscripción en el registro mercantil: deben estar inscritas en el registro mercantil todas las sociedades excepto las cooperativas. Una vez que tenemos la Escritura Pública de Constitución, tenemos que inscribir la sociedad en el Registro Mercantil, es en este momento cuando la sociedad adquiere plena capacidad jurídica.



8.2. Trámites de puesta en funcionamiento:

Los tienen que realizar tanto Empresarios individuales como Sociedades.